Petición de Familiar Extranjero (I-130)

Si usted es un ciudadano o residente permanente legal (LPR) de Estados Unidos  que tiene con un familiar elegible que desea inmigrar o permanecer permanentemente en Estados Unidos y obtener una Tarjeta de Residente Permanente (también conocida como Green Card o Tarjeta Verde), Legal Touch NS puede ayudarle en el proceso

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Preguntas Frecuentes

  • Evidencia de ciudadanía estadounidense, residencia permanente legal o estatus como nacional de Estados Unidos:
    • Una copia de su certificado de nacimiento emitido por un registro civil, una oficina de estadísticas vitales u otra autoridad civil que demuestre que usted nació en Estados Unidos;
    • Una copia de su certificado de naturalización o ciudadanía expedido por USCIS o el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS);
    • Una copia del Formulario FS-240, Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), emitido por una embajada o consulado de Estados Unidos;
    • Una copia de su pasaporte de Estados Unidos vigente;
    • Una declaración original de un funcionario consular de EE. UU. que certifique que usted es ciudadano de EE. UU. y tiene pasaporte válido; o
    • Una copia del anverso y reverso de su Tarjeta de Residencia Permanente (también conocida como Tarjeta Verde o el Formulario I-551).
  • • Evidencia de su relación familiar con uno de los siguientes (vea las instrucciones del formulario para más detalles):
    • Cónyuge: una copia de su certificado de matrimonio
      • Evidencia de que usted o su cónyuge terminaron cualquier matrimonio anterior (si corresponde)
    • Hijo menor de edad: Una copia de los certificados de nacimiento de su hijo (s)
    • Padre: una copia de su certificado de nacimiento
    • Hermano / Hermana: Una copia del certificado de nacimiento suyo y de su hermano.
  • Evidencia del matrimonio de buena fe, si presenta una solicitud para un cónyuge:
    • Documentación que demuestre propiedad conjunta;
    • Un contrato de arrendamiento que muestre la tenencia conjunta de una residencia común, lo que significa que ambos viven juntos en la misma dirección;
    • Documentación que demuestre que usted y su cónyuge combinaron sus recursos financieros;
    • Certificados de nacimiento de hijos nacidos de usted y su cónyuge juntos;
    • Declaraciones juradas o ratificadas por terceros que tengan conocimiento personal genuino de la relación matrimonial. Cada declaración jurada debe contener el nombre completo y la dirección de la persona que hace la declaración jurada; fecha y lugar de nacimiento de la persona que hace la declaración jurada; e información completa y detalles que expliquen cómo la persona adquirió conocimiento de su matrimonio, y
    • Cualquier otra documentación relevante para demostrar que existe una unión matrimonial vigente;
  • Prueba del cambio de nombre legal (si corresponde), y
  • Dos fotografías estilo de pasaporte (si corresponde).

Si va a presentar el Formulario I-130 para su hijo adoptivo

  • Evidencia de que cumple con los requisitos para el proceso de petición basado en la familia, que incluye:
  • Copia del decreto de adopción que muestre que la adopción se llevó a cabo antes de que el menor cumpliera 16 años (o 18 si en el caso aplica la excepción de hermanos);
  • Evidencia de que ha tenido la custodia legal del hijo adoptivo durante dos años, Evidencia de que ha residido junta con el hijo adoptivo durante dos años y Evidencia de que el proceso de la Convenio de Adopción de La Haya no es aplicable si usted o su cónyuge son ciudadanos estadounidenses y el menor proviene de un país de la Convenio de Adopción de La Haya. Para obtener más información, visite el Manual de Políticas de USCIS, Volumen 5, Adopciones, Parte A, Procesos de Adopción y Parte E, Peticiones de Adopción Basadas en la Familia, Capítulo 3, Restricciones del Convenio de Adopción de La Haya sobre Peticiones Basadas en la Familia).

Las leyes de inmigración de EE.UU. permiten que ciertos extranjeros que son familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes de EE.UU. convertirse en ciudadanos permanentes legales (obtener una Tarjeta Verde o Green Card) a base de relaciones familiares específicas.

  • El cónyuge de un ciudadano estadounidense;
  • El hijo soltero menor de 21 años de edad de un ciudadano estadounidense; o
  • El padre de un ciudadano estadounidense (si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más).

Otros familiares elegibles para solicitar una tarjeta de residente permanente están descritos en las siguientes categorías de “inmigrantes preferenciales” basados en la familia:

  • Primera preferencia (F1) – hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses, que sean solteros(as) y tengan 21 años de edad o más;
  • Segunda preferencia (F2A) – cónyuges e hijos (solteros, menores de 21 años de edad) de residentes permanentes legales;
  • Segunda preferencia (F2B) – hijos e hijas solteras, de 21 años de edad, de residentes permanentes legales;
  • Tercera (F3) – hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses; y
  • Cuarta preferencia (F4) – hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más.

Dentro de cada categoría, el USCIS procesa la petición I-130 por orden de llegada. Por lo tanto, es importante ingresar a esta lista de espera con anticipación estableciendo una fecha de prioridad. Es sumamente importante que el peticionario presente un paquete de Formulario I-130 bien preparado y sin errores ni inconsistencias.

Después de presentar el Formulario I-130, Petición para un familiar extranjero , el proceso de aprobación puede tardar entre 10 y 14 meses para los familiares inmediatos y podría tardar varios años para las categorías de preferencia familiar. Esto es una aproximación. Puede ser más corto para algunos y más largo para otros. No olvide que puede verificar el estado de su caso en línea con su número de recibo. El sitio web de USCIS también enumera los tiempos de procesamiento normales para una petición I-130. Si cree que su caso está fuera del tiempo de procesamiento normal del I-130, puede realizar una consulta de caso .

Aproximadamente de 12 meses a más de 20 años (según la categoría)

Según la actual ley de inmigración de Estados Unidos, el Congreso limita la cantidad de tarjetas verdes con preferencia familiar que se pueden otorgar cada año. Por lo tanto, la cuota anual (límite numérico) en cada categoría combinada con los límites para cada país puede generar tiempos de espera muy significativos para algunas categorías. Eso generalmente se traduce en un tiempo de espera después de presentar el Formulario I-130, Petición para un familiar extranjero.

Categoría
Elegibilidad
 
Cuota anual
Tiempo de espera estimado
IRPariente inmediato: cónyuge, hijos solteros (menores de 21 años) y padres de ciudadanos estadounidenses Sin límite numéricoNinguno 1
F1Preferencia familiar: Hijos e hijas solteros (de 21 años de edad o más) de ciudadanos estadounidenses 23.4007-9 años 2
F2Preferencia familiar: Cónyuge, hijos e hijas de residentes permanentes legales 114.200 
 F2A: Cónyuge e hijos menores (menores de 21 años)  1 año
 F2B: Hijos e hijas solteros (21 años o más)  6-8 años
F3Preferencia familiar: Hijos e hijas casados ​​de ciudadanos estadounidenses 23.40014-15 años 2
F4Preferencia familiar: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses 65.00015-16 años 2

1 No existe un cupo para la categoría de visa para parientes inmediatos, pero tomará varios meses para que el USCIS apruebe el Formulario I-130 y lo transfiera a la embajada.
2 Algunos países como China, India, México y Filipinas pueden tener tiempos de espera significativamente más largos.

La aprobación del formulario I-130 no le otorga al beneficiario un estatus legal en los Estados Unidos. Le abre el camino para solicitar la residencia permanente (tarjeta verde). Hay pasos adicionales en el camino hacia la residencia permanente. Después de que el USCIS apruebe el Formulario I-130, vea qué sigue.

Aproximadamente de 4 a 12 semanas después de la presentación

En este punto, el USCIS puede comenzar a revisar su petición. Es muy útil comprender la diferencia entre los familiares inmediatos y las categorías de preferencia familiar , así como también cómo eso afectará su petición. La ley de inmigración define a los familiares inmediatos como el cónyuge, los hijos solteros (menores de 21 años) y los padres de un ciudadano estadounidense. A ellos se les da prioridad. Más precisamente, no hay un límite numérico en las visas de inmigrante para familiares inmediatos. Por lo tanto, el tiempo de espera es mucho más corto. El USCIS comenzará a revisar las peticiones de familiares inmediatos lo antes posible. Sin embargo, las categorías de preferencia familiar generalmente tienen un tiempo de espera. Por lo tanto, no hay urgencia para procesar estas peticiones ya que una visa de inmigrante generalmente no está disponible de inmediato.

Durante el período de procesamiento, USCIS podría rechazar su petición en cualquier momento si ha determinado que no ha demostrado su elegibilidad. Asimismo, puede emitir una solicitud de evidencia en cualquier momento si necesita evidencia adicional para confirmar su elegibilidad.

Aproximadamente de 10 a 14 meses después de la presentación.

Nuevamente, la cantidad de visas de inmigrante (tarjetas verdes) emitidas a familiares directos de ciudadanos estadounidenses es ilimitada. La mayoría de las peticiones del Formulario I-130 para familiares directos se aprueban en un plazo de entre 10 y 14 meses, pero en algunos casos pueden demorar más.

Si se encuentra en los Estados Unidos y también presentó una solicitud para ajustar su estatus, el USCIS comenzará a revisar el Formulario I-485 en este momento. Si se encuentra fuera de los EE. UU., el USCIS enviará su caso al Centro Nacional de Visas (NVC) para comenzar el procesamiento consular. El NVC le avisará cuándo es el momento de presentar la solicitud de visa y otros documentos de respaldo.

Recuerde que los familiares inmediatos son los cónyuges, los hijos solteros (menores de 21 años) y los padres de ciudadanos estadounidenses. Este es un grupo selecto de inmigrantes con visas ilimitadas. Todos los demás tipos de relaciones se consideran categorías de preferencia familiar y generalmente demoran más en aprobarse y volverse vigentes.

 

El costo de presentación para el Formulario I-130 es actualmente de $535 dólares. Si desea solicitar una exención del pago de la tarifa, no puede presentar el formulario en línea, debe completar y enviar la versión impresa.

Las opciones para pagar son: giro postal, cheque personal, cheque de caja o tarjeta de crédito a través del Formulario G-1450. Los cheques deben hacerse a nombre de U.S. Department of Homeland Security.

Independientemente de la acción que se tome sobre su petición o si la retira, las tarifas de presentación y servicios biométricos son definitivas y no reembolsables. Al enviar un pago, acepta pagar por un servicio gubernamental.

Aproximadamente de 12 meses a varios años después de la presentación

Existe un límite numérico en la cantidad de visas de inmigrante emitidas a inmigrantes de la categoría de preferencia familiar cada año. El tiempo de espera depende de la categoría específica y de la fecha en que se presentó la petición. Esto se denomina fecha de prioridad.

Por lo tanto, es muy importante entender que, incluso si el USCIS aprueba el Formulario I-130, es posible que no obtenga un número de visa de inmigrante de inmediato. En algunas categorías, pueden pasar varios años antes de que la fecha de prioridad esté vigente.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) puede aprobar la petición en tan solo 6 meses para la categoría F2A (generalmente mucho más tiempo para otras categorías), pero aún deberá esperar a que haya una visa disponible antes de que la solicitud de visa de inmigrante (tarjeta verde) pueda presentarse en el consulado de los EE. UU. Utilizando su fecha de prioridad, puede verificar el estado del Boletín de Visas del Departamento de Estado. 

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