Parole Humanitario
(I-134)

El DHS anunció procesos para que los nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares inmediatos, puedan solicitar venir a Estados Unidos de forma segura y ordenada.

Los beneficiarios que están fuera de EE.UU. y no tienen documentos de entrada, pueden ser considerados caso por caso para obtener:

  • Una autorización adelantada para viajar a EE.UU.
  • Un período de permanencia temporal de hasta 2 años en EE.UU. por razones humanitarias urgentes o un beneficio público significativo.

Esto aplica para beneficiarios que reúnan los requisitos y cuya solicitud amerite una decisión favorable, según cada caso.

Quieres patrocinar a tu familiar o amigo
Venezolano, Cubano de Haití o Nicaragua
y necesitas ayuda en el proceso de solicitud del Parole Humanitario?
Estás a solo un solo click de distancia para completar ese proceso.
Llámanos ahora mismo para iniciar tu solicitud
del Parole Humanitario de la mano de profesionales!

Preguntas Frecuentes

Las preguntas frecuentes sobre el proceso de parole para Venezolanos, Cubanos, Haitianos y Nicaraguenses
anunciado por el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS)

Los nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares, pueden solicitar venir a Estados Unidos de forma segura y ordenada si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Tener una persona de apoyo en EE.UU. que presente el Formulario I-134A y acepte proveer apoyo financiero por 2 años.
  • Aprobar una investigación de antecedentes de seguridad.
  • Cumplir otros criterios de elegibilidad.
  • Que el caso amerite una decisión favorable.

 

El proceso comienza cuando la persona de apoyo en EE.UU. presenta el Formulario I-134A para cada beneficiario, incluyendo niños. El gobierno de Estados Unidos, revisará la información para asegurarse que la persona de apoyo pueda proveer el apoyo financiero ofrecido al menos durante 2 años.

Sí, puede presentar un Formulario I-134A separado para cada beneficiario. No hay límite en la cantidad, pero USCIS revisará la capacidad financiera para apoyar a todos por hasta 2 años.

Ciudadanos, residentes permanentes legales, con estatus legal (TPS) en EE.UU. o que hayan recibido permiso de permanencia temporal o acción diferida.

El 17 de mayo de 2023 se actualizó el proceso debido a la gran cantidad de solicitudes. Ahora se seleccionan al azar la mitad de las solicitudes y la otra mitad se procesa por orden de llegada. Los tiempos pueden variar según los pasos que deben completar la persona de apoyo y el beneficiario.

No, no se debe presentar un formulario duplicado para el mismo beneficiario. Se puede monitorear el estado del caso y presentar una consulta después de 6 meses de espera.

Sí, múltiples personas pueden unirse para apoyar a un beneficiario. Deben presentar evidencia de recursos conjuntos.

No, Usted debe estar fuera de EE.UU. para calificar.

No lo descalifica, por ser un estatus temporal. Pero ser residente permanente o tener doble nacionalidad sí descalifica.

Sí, si cumplen todos los requisitosde eligibilidad.

, como familiar inmediato del beneficiario principal.

No, deben venir con sus padres o tutor legal.

Sí, si tienen estatus legal en EE.UU. y permiso para reingresar. Deben presentar el Formulario I-134A.

Quieres Patrocinar a un familiar o amigo?
Quieres iniciar tu trámite YA?
Tiene más preguntas? Contáctanos Hoy! 
LA PRIMERA CONSULTA ES GRATIS!