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El TPS es un Estatus Migratorio de Protección Temporal que que ofrece EEUU a ciudadanos de determinados países que por razones excepcionales no pueden regresar a su país de origen temporalmente de forma seguram que protege a los beneficiario sde ser deportados de EE.UU., pueden obtener permiso de trabajo y de viaje. Una vez obtenido el TPS, tampoco pueden ser detenidos por su estatus migratorio.
Requisitos para calificar al Estatus de Protección Temporal (TPS):
No califica para TPS si:
Depende si ya tenía TPS antes o es su primera solicitud:
Así que depende si es renovación o primera solicitud, y del anuncio TPS específico para Venezuela.
En general, sí se puede tener el TPS y otro estatus migratorio o solicitud en paralelo.
Sin embargo, hay algunas consideraciones:
Depende de cada caso. En general, el TPS está diseñado para proteger a ciudadanos venezolanos de tener que regresar a Venezuela. La solicitud de TPS hace preguntas específicas sobre los países donde residió antes de ingresar a Estados Unidos y sobre sus nacionalidades.
La elegibilidad se determinará evaluando su historial migratorio completo y sus nacionalidades. El haber residido en un tercer país antes de venir a Estados Unidos o tener doble nacionalidad no lo descalifica automáticamente, pero esos factores se tendrán en cuenta para decidir si califica para TPS. Se analizará su caso particular para determinar si el propósito del TPS se cumple en su situación.
Personas protegidas por el TPS pueden solicitar un permiso de ingreso anticipado con USCIS para viajar fuera de los Estados Unidos.
Venezolanos con TPS que salen de los Estados Unidos sin un permiso de ingreso anticipado, ya no serán elegibles para el TPS y no podrán reingresar al país.
El USCIS determina si se concede o no un permiso de ingreso anticipado y no es garantizado en todos los casos.
Todos los venezolanos elegibles a la protección, o extranjeros sin nacionalidad que hayan residido habitualmente en Venezuela que están protegidos por el TPS, no acumulan “presencia ilegal” para efectos de ajuste de estatus u otras prestaciones de inmigración que puedan solicitar durante el período de tiempo en que
estén cubierto por el TPS.
Los casos de asilo de ciudadanos venezolanos continuarán siendo procesados por la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración de Estados Unidos (USCIS) y por los tribunales de inmigración.
Si USCIS o el tribunal de inmigración aprueba la solicitud de asilo, el solicitante podría obtener la residencia permanente al cumplir con ciertos requisitos.
Si USCIS niega la solicitud de asilo, referirá el caso a un juez de inmigración en el tribunal de inmigración para que revise la decisión tomada por la USCIS. Si el juez de inmigración también niega la solicitud de asilo, emitirá una orden de deportación contra el solicitante, la cual podría ser apelada ante la Junta de Apelaciones de Inmigración.
El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) no podrá deportar a personas que cuenten con Estatus de Protección Temporal (TPS) o Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DED) y que tengan órdenes de deportación finales.
La respuesta es que si usted califica, sí debería pensar en solicitar el TPS.
Puede llevar ambos procesos en paralelo. No hay certeza de que le aprueben el asilo, así que el TPS podría ayudarle a evitar la deportación de Estados Unidos.
Por ejemplo, si su caso de asilo es muy débil y se deriva a la Corte, puede pedir que cierren administrativamente su caso de expulsión mientras tiene TPS.
Además, si en el futuro el Gobierno aprueba alguna vía a la residencia para quienes tienen TPS, quienes no obtuvieron ese estatus podrían quedar excluidos.
Cada situación es diferente, pero en general si califica para el TPS debería poder solicitarlo y obtener un permiso de trabajo, incluso si tiene un caso pendiente de deportación. El TPS temporalmente detiene cualquier proceso de deportación mientras dicho estatus esté vigente. Por supuesto, es mejor analizar su situación específica con su representante legal.
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