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El DHS anunció procesos para que los nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares inmediatos, puedan solicitar venir a Estados Unidos de forma segura y ordenada.
Los beneficiarios que están fuera de EE.UU. y no tienen documentos de entrada, pueden ser considerados caso por caso para obtener:
Esto aplica para beneficiarios que reúnan los requisitos y cuya solicitud amerite una decisión favorable, según cada caso.
Las preguntas frecuentes sobre el proceso de parole para Venezolanos, Cubanos, Haitianos y Nicaraguenses
anunciado por el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS)
Los nacionales de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, y sus familiares, pueden solicitar venir a Estados Unidos de forma segura y ordenada si cumplen con los siguientes requisitos:
El proceso comienza cuando la persona de apoyo en EE.UU. presenta el Formulario I-134A para cada beneficiario, incluyendo niños. El gobierno de Estados Unidos, revisará la información para asegurarse que la persona de apoyo pueda proveer el apoyo financiero ofrecido al menos durante 2 años.
Sí, puede presentar un Formulario I-134A separado para cada beneficiario. No hay límite en la cantidad, pero USCIS revisará la capacidad financiera para apoyar a todos por hasta 2 años.
Ciudadanos, residentes permanentes legales, con estatus legal (TPS) en EE.UU. o que hayan recibido permiso de permanencia temporal o acción diferida.
El 17 de mayo de 2023 se actualizó el proceso debido a la gran cantidad de solicitudes. Ahora se seleccionan al azar la mitad de las solicitudes y la otra mitad se procesa por orden de llegada. Los tiempos pueden variar según los pasos que deben completar la persona de apoyo y el beneficiario.
No, no se debe presentar un formulario duplicado para el mismo beneficiario. Se puede monitorear el estado del caso y presentar una consulta después de 6 meses de espera.
Sí, múltiples personas pueden unirse para apoyar a un beneficiario. Deben presentar evidencia de recursos conjuntos.
No, Usted debe estar fuera de EE.UU. para calificar.
No lo descalifica, por ser un estatus temporal. Pero ser residente permanente o tener doble nacionalidad sí descalifica.
Sí, si cumplen todos los requisitosde eligibilidad.
Sí, como familiar inmediato del beneficiario principal.
No, deben venir con sus padres o tutor legal.
Sí, si tienen estatus legal en EE.UU. y permiso para reingresar. Deben presentar el Formulario I-134A.
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